Para proveedor

Es un título de valor similar a un cheque o un pagaré que se creó por la Ley Nº 29623. Se origina en la compra – venta de bienes o prestación de servicios, orientada a aquellas empresas que venden al crédito. A su vez estas facturas negociables pueden ser cedidas (vendidas) para poder anticipar su flujo de pago.

Las empresas de factoring asociadas a APEFAC son autorizadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP y cumple con las regulaciones y reportes correspondientes y relativos a las operaciones de Factoring en el Perú.

La Ley N° 29623 “Ley que promueve el financiamiento a través de la factura comercial”, promulgada el 07/12/2010, busca impulsar el acceso del financiamiento para los proveedores MIPYME de bienes servicios a través de la comercialización de facturas comerciales y recibos por honorarios.

En la operación de factoring intervienen 3 sujetos:

Proveedor o Cedente: Es el que cede las facturas pendientes de cobro a la empresa de factoring o “factor”.

Deudor o Adquiriente: Es la empresa que ha recibido de parte del proveedor el servicio o bien solicitado y está obligada al pago de dichas facturas o créditos comerciales.

Factor: Entidad financiera de crédito que presta los servicios de factoring.

Es la cámara de compensasión y liquidación de valores, que para el Perú se llama CAVALI y en donde se elevan las facturas para su registro, transferencia, custodia, compensación y liquidación como título valor de mérito ejecutivo.
Para poder vender tus facturas y obtener liquidez, debes contar con una empresa con RUC vigente y que provee servicios o productos a otras empresas. Necesitas tener facturas electrónicas ya emitidas y que tu cliente confirme que te vaya a pagar a plazo. No necesitas contar con historial crediticio, ni con garantías determinadas, dado que evaluamos a tu cliente, no a ti!

Todas aquellas personas naturales o jurídicas que producto de su gestión generan documentos pagaderos a plazo (facturas, letras o cheques). Las empresas que se benefician del factoring pueden ser de diversos sectores, como proveedores, distribuidores y prestadores de servicios, principalmente, aquellas con ventas a crédito y facturación recurrente.

Este porcentaje se denomina Monto de Reserva, el mismo que actúa como fondo de garantía para cubrir una eventual contingencia en el pago de una operación. En caso la misma se cancele dentro plazo inicial planteado, este monto se le pondrá a disposición inmediata a usted, en la cuenta que nos indique.

Liquidez Inmediata: una de las principales ventajas de contratar factoring, es disponer de dinero en efectivo de forma casi inmediata. No debes esperar el plazo impuesto por el pagador para recibir el dinero.

No es Deuda: Estás recibiendo tu dinero, acá no existe dinero prestado. Dado esto, no se verá reflejado en tu historial crediticio o en alguna institución bancaria

Olvídate de la Cobranza: Nos encargamos de cobrar mientras tu empresa se dedica a la producción y a las ventas.

Financiamiento: En las operaciones de factoring, el riesgo de no pago se dirige fundamentalmente al adquiriente o pagador de la factura. Este punto es de gran utilidad sobre todo para empresas que no tienen la antigüedad ni los respaldos que sumen para su evaluación crediticia.

Rápido: No tienes que esperar procesos de evaluación crediticia largos y complejos. Él factoring es un financiamiento veloz pensado en la inmediatez de la necesidad de la MIPYME.

La oferta de servicios de factoring en el Perú es muy amplia. Es muy importante que busques una empresa de factoring que tenga autorización de la SBS, que tenga experiencia en el mercado, que tenga procesos claros, te ofrezca transparencia y claridad sobre cualquier duda que tengas. En la Asociación Peruana de Factoring – APEFAC, velamos por incorporar a la industria del factoring, buenas prácticas que permitan maximizar el beneficio de todos los actores del mercado, en especial de los usuarios. Puedes contactar a cualquiera de las empresas de factoring, asociadas a APEFAC haciendo click en cualquiera de los logotipos en la primera página de esta web.

Para pagador

  • Es un proceso regulado por ley, fácil y rápido.
  • Permite que tus proveedores se dediquen a mejorar sus servicios, a la correcta gestión de producción y no ocupar tiempo y recursos en procesos de cobranza.
  • No toma línea de crédito de tus proveedores, mejorando su capacidad financiera.
  • El proceso de pago del adquiriente no se diversifica con una cuenta bancaria por proveedor y permite operar con unas cuantas empresas de factoring.
  • Promueve la formalización y rápida inclusión financiera de tus proveedores MYPE.
  • No requiere garantías o colaterales.

Es un proceso muy sencillo, donde se evalua principalmente las condiciones financieras del obligado al pago de la factura (adquiriente). Los proveedores pueden comunicarse con cualquiera de las empresas asociadas a APEFAC y solicitar una cotización de sus facturas en forma rápida y segura.

– Impulsar la industria del factoring

– Promover las buenas prácticas

– Dar a conocer la normativa vigente

– Alertar sobre los casos de obstrucción

SEGURIDAD

Las empresas de factoring asociadas a APEFAC están autorizadas por la SBS y registradas en CAVALI como participantes. Todos sus procesos de financiamiento están de acuerdo a Ley.

RESPONSABILIDAD

APEFAC ha desarrollado con Experian una exclusiva Central de Riesgos con la información exclusiva que genera en el mercado, buscando la consolidación de la industria de factoring, promoviendo la transparencia y la libre competencia en beneficio de la MIPYME.

CONFIANZA

Todas las empresas cuentan con muchos años de operación en el mercado peruano. Sus accionistas son peruanos o fondos internacionales con registro en la SMV.

SOLIDEZ

APEFAC emite instrumentos de deuda en el mercado privado de valores, generando oportunidades de acceso a fondeo competitivo en beneficio de sus clientes.

  1. CEDE LA FACTURA: El proveedor quiere obtener liquidez de inmediato de una factura que tiene un vencimiento futuro (60 días, por ejemplo) y se acerca a una empresa de factoring para que evalúen su factura y le ofrezcan las condiciones financieras en que puede obtener financiamiento de inmediato.
  1. SOLICITA CONFIRMACIÓN: Una vez que el proveedor acepta las condiciones de financiamiento de dicha factura, la empresa de factoring puede iniciar el proceso de inscripción de dicho documento, registrando la factura en CAVALI (aquí hay una validación interna de los datos de la factura con SUNAT) y comunicando al adquiriente a través de un canal verificable (generalmente un correo electrónico) que la factura ha iniciado su proceso de conformidad de acuerdo a ley, en el que el adquiriente tiene 8 días calendario para aceptar (o denegar) su obligación de pago como adquiriente. Para garantizar la comunicación efectiva de este proceso legal, se recomienda que los adquirientes registren los datos generales y correos electrónicos de las personas autorizadas por las empresas adquirientes para realizar la confirmación. Se pueden escribir a través del portal: https://facturas.cavali.com.pe/CavaliFN/ En caso de que tú, como adquiriente, tengas un proceso establecido para operaciones de factoring, será importante que tu proveedor conozca ese proceso en detalle y lo comunique a la empresa de factoring, para ajustar en lo posible dicho proceso.
  1. BRINDA CONFORMIDAD:  La conformidad de una factura puede ser de dos tipos:
  1. Conformidad Expresa: Se otorga explícitamente, por ejemplo, mediante un correo electrónico. En este caso, se confirma el monto, el plazo de pago y que se ha recibido el bien o servicio de manera satisfactoria.
  2. Conformidad Presunta: Ocurre automáticamente a los 8 días calendario después de que la empresa de factoring notifica al adquiriente sobre la obligación de pago de una factura por bienes o servicios recibidos. Si la empresa adquiriente no comunica expresamente su disconformidad dentro de este plazo, se asume que acepta la factura. Las facturas siempre podrán ser rechazadas dentro del plazo de 8 días calendario, mediante comunicación formal a la empresa de factoring, citando su disconformidad por los siguientes motivos: 1) Monto 2) Plazo de pago 3) Disconformidad del bien o servicio recibido.

Una vez la factura obtiene en el plazo legal su confomidad expresa o presunta, es registrada en la Institución de Compensación de Títulos y Valores (ICLV), que en Perú se llama CAVALI y dicha factura conformada adquiere el mérito de ”Título Valor de Mérito Ejecutivo”, lo que significa que las partes están comunicando su plena aceptación a las obligaciones de la misma y que pueden entablarse a través del poder judicial, mecanismos expresos de cobranza, en caso que la factura no sea cancelada en los plazos acordados.

Las facturas siempre podrán ser rechazadas dentro del plazo de 8 días calendario, mediante comunicación formal a la empresa de factoring, citando su disconformidad por los siguientes motivos:

1) Monto 2) Plazo de pago 3) Disconformidad del bien o servicio recibido.

Una vez la factura obtiene en el plazo legal su confomidad expresa o presunta, es registrada en la Institución de Compensación de Títulos y Valores (ICLV), que en Perú se llama CAVALI y dicha factura conformada adquiere el mérito de “Título Valor de Mérito Ejecutivo”, lo que significa que las partes están comunicando su plena aceptación a las obligaciones de la misma y que pueden entablarse a través del poder judicial, mecanismos expresos de cobranza, en caso que la factura no sea cancelada en los plazos acordados.

  1. REALIZA EL DESEMBOLSO: La empresa de factoring – con la conformidad ya obtenida en alguna de sus dos formas – efectúa el desembolso de un porcentaje mayoritario del monto neto que el proveedor cobraría del adquiriente en la fecha futura de pago.
  1. COBRA LA FACTURA: La empresa de factoring es ahora el titular de los derechos de cobro de la factura y realiza el proceso de cobranza de dicha factura con el adquiriente obligado. Es importante que el adquiriente al momento de pagar la factura, verifique en el portal SUNAT o a través de CAVALI quien es el legítimo tenedor de la factura o beneficiario final registrado.

El proceso de conformidad de facturas es quizás el punto más importante y riesgoso dentro del proceso de factoring debido a que en este paso el dedudor reconoce que la fasctura es conforme de acuerdo a producto o servicio, monto y fechas acordadas con el proveedor.

Existen 2 tipos de conformidad: Expresa y presunta, el primero es la elección ideal y debe darse dentro de los 8 días calendario despúés de omitida la factura, según la normativa vigente. (DU 013-2020).

El otro tipo de conformidad de una factura, es la Conformidad Presunta. Una vez vencido el plazo legal de 8 días calendario, desde la comunicación fehaciente al adquiriente (puede ser a través de un correo electrónico o una carta notarial por ejemplo), si el adquiriente no ha expresado su disconformidad a través de los canales correspondientes, automáticamente se da por aceptada la factura registrada como conforme y la factura se eleva a un título valor de mérito ejecutivo.

  • Impacto Regulatorio: Las empresas contribuyentes pueden ejercer el derecho al crédito fiscal según el DU 013-2020, siempre que se otorgue la conformidad (expresa o presunta) del comprobante de pago. El hecho de emitir disconformidad de una factura, también impide el uso del crédito fiscal correspondiente de dicho documento.
  • Impacto Económico: Si la empresa adquiriente no tiene procesos de revisión de las facturas que recibe en consulta para ser registradas como título valor de mérito ejecutivo, puede ser sorprendida por malos proveedores que solicitan el pago de facturas, por montos superiores, plazos de cobranza menores a lo pactado entre las partes, o lo que es peor, por bienes o servicios no brindados a la empresa adquiriente. Por ello es muy importante que las empresas adquirientes verifiquen la correcta existencia de procesos seguros de confirmacion de facturas. Al no rechazar una factura, esta podrá alcanzar el grado de título valor de mérito ejecutivo en el plazo legal de 8 días calendario, y representar una obligación de pago para la empresa adquiriente.